Regularización extraordinaria 2026

Vía general

VÍA GENERAL

Vía general de regularización extraordinaria

¿Quién puede encajar en esta vía?

Personas extranjeras en situación irregular que acrediten permanencia en España y cumplan, en general, las siguientes condiciones:

  1. Entraron en España antes del 1 de enero de 2026
  2. Han permanecido en España de forma continuada durante los 5 meses anteriores a presentar la solicitud. Ese tiempo puede acreditarse con cualquier prueba válida en derecho que permita identificar a la persona. No se exige un único documento concreto.
  3. Se encuentran actualmente en situación irregular. No puede solicitarla quien ya sea titular de una autorización de estancia o residencia, ni quien tenga otro procedimiento de estancia o residencia en curso.
  4. No tienen antecedentes penales. Ni en España ni, en principio, en el país de origen o en los países donde hayan residido en los últimos cinco años antes de entrar en España. Si los antecedentes españoles son cancelables, no se tienen en cuenta.
  5. Además, deben acreditar, al menos, una de estas situaciones:

    • Haber trabajado o poder acreditar intención de trabajar.
    • Convivir en España con su unidad familiar en los términos previstos en la norma.
    • Encontrarse en situación de vulnerabilidad acreditada.

¿Qué significa encaje en esta vía?

En esta modalidad no basta con estar en España antes de 2026. También hay que valorar por qué vía concreta puede presentarse la solicitud:

  • Trabajo: haber trabajado, tener oferta de trabajo o acreditar intención de trabajar por cuenta propia.
  • Familia: convivencia con hijos menores, hijos mayores con discapacidad que requieran apoyo o ascendientes de primer grado convivientes.
  • Vulnerabilidad: situación acreditada por entidades competentes o, en determinados casos, por entidades del Tercer Sector habilitadas.

¿Qué documentación puede ser útil para revisar tu caso?

Para hacer una primera valoración, puede ser útil aportar:

  • pasaporte, aunque esté caducado;
  • pruebas de permanencia en España;
  • certificado de antecedentes penales del país de origen o justificante de haberlo solicitado;
  • oferta de trabajo, pruebas de actividad laboral o documentación de trabajo por cuenta propia;
  • libro de familia, certificados de nacimiento o documentos de convivencia;
  • informes o certificados de servicios sociales o de vulnerabilidad, si existen.

Importante

No todas las personas que estaban en España antes del 1 de enero de 2026 encajan automáticamente en esta vía.
Es necesario revisar el caso concreto, la documentación disponible y la forma más adecuada de justificar el encaje antes de presentar la solicitud.

Honorarios del despacho

Adultos

350 €

IVA incluido, por cada adulto


Menores

75 € - 100 €

IVA incluido, por menor

Importe ajustado según expediente

¿Qué incluyen nuestros servicios?

Incluye la revisión del caso, preparación del expediente, presentación de la solicitud y seguimiento hasta la resolución.

No están incluidas las tasas administrativas oficiales, la obtención de certificados o documentos, ni las traducciones o legalizaciones que puedan ser necesarias.

Este importe corresponde a los honorarios del despacho por el asesoramiento y la tramitación del procedimiento.

⚠️ La tramitación de la solicitud no es gratuita, ya que conlleva el abono de la tasa administrativa correspondiente, cuyo importe fija la normativa aplicable.

¿Que hacemos en el despacho?

Nos ocupamos de:

  • revisar si tu caso encaja realmente en el procedimiento
  • analizar la vía más sólida para presentarlo
  • indicarte exactamente qué documentos sirven y cuáles faltan
  • preparar y presentar la solicitud
  • responder requerimientos y hacer seguimiento hasta la resolución

¿No tienes claro en qué vía encaja tu caso?

No pasa nada. Completa el formulario y revisaremos tu situación para valorar qué opción puede corresponderte y qué documentación conviene preparar primero.

Formulario de revisión previa - Regularización extraordinaria 2026

Completa este formulario para que podamos revisar si tu caso encaja en la regularización extraordinaria.

El envío del formulario no supone todavía la presentación de la solicitud. Primero revisaremos la información y te indicaremos si procede seguir adelante.

Tiempo estimado: 2 minutos



Datos personales

Requisitos básicos











Antecedentes




Vía de encaje






Documentación disponible









Archivos / documentación



⚖️

Base legal de la regularización extraordinaria 2026

La regularización extraordinaria de 2026 se regula en el Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, que modifica el Reglamento de Extranjería e introduce una nueva autorización de residencia por circunstancias excepcionales.

📄 Ver Real Decreto 316/2026 en el BOE

ℹ️ Información oficial del Ministerio del Interior