Regularización extraordinaria 2026

Solicitantes de protección internacional

PROTECCIÓN INTERNACIONAL

Solicitantes de protección internacional

He solicitado protección internacional

Si presentaste, registraste o formalizaste tu solicitud de protección internacional en España antes del 1 de enero de 2026, tu caso puede encajar en una vía específica distinta a la regularización extraordinaria general. Esta posibilidad está prevista expresamente para solicitantes de protección internacional que cumplan los requisitos exigidos.

¿Quién puede encajar en esta vía?

En general, esta opción puede ser adecuada para personas que:

  • presentaron, registraron o formalizaron su solicitud de protección internacional en España antes del 1 de enero de 2026;
  • son mayores de edad;
  • se encuentran en España en el momento de presentar la solicitud;
  • no son titulares de autorización de estancia o residencia ni tienen otro procedimiento de estancia o residencia en curso;
  • han permanecido en España de forma ininterrumpida durante al menos 5 meses antes de presentar la solicitud; 
  • y carecen de antecedentes penales en los términos establecidos en la norma.

¿En qué se diferencia esta vía de la general?

Esta vía no se valora por trabajo, familia o vulnerabilidad como ocurre en la regularización extraordinaria general.

Aquí lo importante es comprobar si cumples los requisitos específicos previstos para personas solicitantes de protección internacional y revisar bien tu expediente, porque la lógica jurídica es distinta.

¿Qué debes tener en cuenta?

Si esta autorización se concede, la norma prevé que la persona interesada deba desistir de su solicitud de protección internacional o del recurso que, en su caso, estuviera pendiente.

Además, la concesión puede suponer el archivo del procedimiento de expulsión o devolución en determinados supuestos.

¿Qué documentación necesito revisar en estos casos?

Para una primera valoración, conviene aportar:

  • resguardo, justificante o documento relativo a la solicitud de protección internacional;
  • pasaporte o documento identificativo;
  • pruebas de permanencia en España;
  • información sobre antecedentes penales;
  • y cualquier documento relevante del expediente de asilo o protección internacional.

Importante

No todas las personas que solicitaron protección internacional encajan automáticamente en esta vía.

Antes de presentar la solicitud, es necesario revisar el expediente concreto y comprobar que se cumplen todos los requisitos exigidos.

Honorarios del despacho

Adultos

350 €

IVA incluido, por cada adulto


Menores

75 € - 100 €

IVA incluido, por menor

Importe ajustado según expediente

¿Qué incluyen nuestros servicios?

Incluye la revisión del caso, preparación del expediente, presentación de la solicitud y seguimiento hasta la resolución.

No están incluidas las tasas administrativas oficiales, la obtención de certificados o documentos, ni las traducciones o legalizaciones que puedan ser necesarias.

Este importe corresponde a los honorarios del despacho por el asesoramiento y la tramitación del procedimiento.

⚠️ La tramitación de la solicitud no es gratuita, ya que conlleva el abono de la tasa administrativa correspondiente, cuyo importe fija la normativa aplicable.

¿Que hacemos en el despacho?

Nos ocupamos de:

  • revisar si tu caso encaja realmente en el procedimiento
  • analizar la vía más sólida para presentarlo
  • indicarte exactamente qué documentos sirven y cuáles faltan
  • preparar y presentar la solicitud
  • responder requerimientos y hacer seguimiento hasta la resolución

¿No tienes claro en qué vía encaja tu caso?

No pasa nada. Completa el formulario y revisaremos tu situación para valorar qué opción puede corresponderte y qué documentación conviene preparar primero.

Formulario de revisión previa - Regularización extraordinaria 2026

Completa este formulario para que podamos revisar si tu caso encaja en la regularización extraordinaria.

El envío del formulario no supone todavía la presentación de la solicitud. Primero revisaremos la información y te indicaremos si procede seguir adelante.

Tiempo estimado: 2 minutos



Datos personales

Requisitos básicos











Antecedentes




Vía de encaje






Documentación disponible









Archivos / documentación



⚖️

Base legal de la regularización extraordinaria 2026

La regularización extraordinaria de 2026 se regula en el Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, que modifica el Reglamento de Extranjería e introduce una nueva autorización de residencia por circunstancias excepcionales.

📄 Ver Real Decreto 316/2026 en el BOE

ℹ️ Información oficial del Ministerio del Interior